
¿Qué es el Consejo Asturiano de la Mujer? | Fines y funciones | ¿Quién lo constituye? | ¿Quién y cómo puede participar en el Consejo Asturiano de la Mujer? | Funcionamiento |
1. El Consejo Asturiano de la Mujer se reunirá al menos tres veces al año en sesión ordinaria, igualmente podrá celebrar reuniones extraordinarias a iniciativa y convocatoria de la Presidenta o si lo solicitan la mitad más uno de los miembros del Consejo, con justificación motivada y orden del día establecido.
2. La sesión ordinaria será convocada por la Presidenta, al menos con 15 días naturales de antelación a la fecha de celebración. Las extraordinarias serán convocadas por la Presidenta con una antelación mínima de 72 horas.
El Pleno del Consejo Asturiano de la Mujer podrá constituir, en su seno, grupos de trabajo en torno a temas en los que se considere necesario sistematizar la información o profundizar, con carácter previo a la adopción de decisiones por el pleno. Estos grupos desaparecerán en el momento en que alcancen el objetivo o cumplan la función para la que fueron credos.
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